Contrata tu póliza y dormí tranquilo.
El Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la Responsabilidad Civil extracontractual prevista por los artículos 1716 al 1762
del Código Civil y Comercial de la Nación, en que incurra exclusivamente como consecuencia de los hechos dañosos causados a terceras personas y a cosas, en el desarrollo de su actividad de construcción y montaje.
El asegurado participa de un 10% de la imdemnización, pudiendo optar por tomar una cobertura sin franquicia.
Algunos de los accidentes cubiertos en la póliza son:
a) Derrumbe del edificio en construcción o en refacción.
b) Caída de objetos.
c) Incendio y/o explosión.
d) Cables y descargas eléctricas.
e) Carga y descarga de materiales o escombros (salvo lo dispuesto en la Cláusula 3, inciso a).
f) Abertura de zanjas y/o excavaciones, incluyendo el hincado de tablestacas perimetral.
g) Prueba de las instalaciones destinadas a producir, transportar o utilizar vapor, agua o aceite caliente.
h) Caída de rayo.
i) Escape de gas.
j) Utilización de maquinarias y equipos de construcción,
COBERTUAS ADICIONALES
ADICIONAL RC DERRUMBRE DE LINDEROS
ADICIONAL RC FILTRACIONES A LINDEROS
ADICIONAL RC TRABAJOS DE PILOTAJE
DEMOLICIONES
Aviso legal
Profit Group es una sociedad comercial que opera bajo las normas de la SSN.
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